Ingreso a la Facultad

del Reglamento de Inscripción de la UASLP

Examen de Admisión (trámite)

Procedimiento de inscripción después de los resultados del examen

Capítulo Segundo

Proceso de admisión  Licenciatura

Artículo 4. Los exámenes de admisión, podrán ser de selección y diagnóstico, servirán también para conocer la aptitud, salud y conocimientos de quienes deseen ingresar a las Entidades Académicas de la Universidad. Los criterios generales y la forma de aplicación serán establecidos por el H. Consejo Directivo Universitario y las Entidades Académicas fijarán los requisitos específicos que consideren necesarios.

Artículo 5. Quienes aspiren a inscribirse como estudiantes a cualquiera de los programas educativos, deberán realizar una preinscripción al proceso de admisión, en los tiempos establecidos por la Universidad.


Cambio de Universidad (de otra Institución)

Capítulo Segundo

De la Inscripción por Revalidación

Artículo 19. La inscripción por revalidación consiste en la incorporación de aspirantes que hayan cursado estudios parciales de nivel medio superior o superior en otras instituciones, del sistema educativo nacional y del extranjero, y que deseen ingresar a un programa educativo que ofrece la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Quien solicite la inscripción por revalidación a la Universidad, deberá someterse a un proceso de revisión de los contenidos analíticos del plan de estudios cursado. Procederán las revalidaciones cuando las materias cursadas en la institución de procedencia coincidan, cuando menos, con el 75% de la temática de los cursos del plan de estudios de la entidad académica, realizar un examen diagnóstico de admisión además de una evaluación de salud, una vez que su solicitud sea aprobada.

mayores informes en la secretaría general de la facultad, teléfono 4448262300 extensión 3421


Cambio de carrera/Facultad (dentro de la UASLP)

Capítulo Tercero

De la Inscripción por Cambio de Carrera o Entidad Académica

Artículo 24. Se considera inscripción por cambio de carrera, al traslado de algún estudiante de un programa académico a otro, ya sea dentro de una misma Entidad Académica o bien a otra de la misma Universidad. El cambio estará siempre sujeto a la convalidación y autorización del mismo, de acuerdo a las disposiciones de este reglamento y de la normativa universitaria vigente.

Artículo 35. Las solicitudes podrán tramitarse, hasta el último día hábil de la primera quincena del mes de junio para ingresar en el semestre non y del último día hábil del mes de noviembre para ingresar en el semestre par.